EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD: LA REGLA QUE PROTEGE A TODOS LOS CIUDADANOS DE DECISIONES ARBITRARIAS

Imaginemos que un ciudadano en el perú, realiza desde hace un tiempo una actividad absolutamente legal, sin embargo, dentro de un año a partir de hoy, el Congreso decide prohibirla y sancionarla. ¿Sería justo que lo castigaran por dicha actividad que realizaba, cuando estaba permitido? La respuesta es no. Esa es precisamente la esencia del principio de legalidad, una de las garantías más importantes de nuestro sistema penal peruano. Este principio busca proteger a todas las personas frente a decisiones arbitrarias del Estado y de ese modo, asegura que ninguna persona sea sancionada por una conducta que la legislación nacional no haya definido previamente como delito. Vale decir, esta regla establece claramente, que el Estado solo puede castigar conductas que ya se encontraban definidas como delitos antes de que ocurrieran. De esta manera, los ciudadanos pueden actuar con la absoluta tranquilidad de conocer qué está permitido y qué está prohibido. En otras palabras, el Estado no puede inventar delitos, ni imponer castigos según su criterio. Todo debe encontrarse escrito o tipìficado de forma clara y aprobada mediante una ley.
Detrás de esta disposición existe un mensaje claro:
El Estado no puede, ni debe improvisar delitos, ni crear sanciones según las circunstancias o la presión social del momento; y toda sanción debe tener una base legal previa.
Ello obedece, en principio, porque el Derecho Penal representa la manifestación más gravosa o intensa del poder sancionador del Estado, ello en mérito a que implica la posibilidad de restringir derechos fundamentales como la libertad personal. En consecuencia, el ejercicio de este poder debe encontrarse sujeto a estrictos límites jurídicos. Uno de esos límites es precisamente el principio de legalidad, que se encuentra consagrado en el artículo II del Título Preliminar de nuestro Código Penal peruano, el cual establece:

Nadie será sancionado por un acto no previsto como delito o falta por la ley vigente al momento de su comisión, ni sometido a pena o medida de seguridad que no se encuentren establecidas en ella

Esta disposición recoge precisamente el aforismo latino “nullum crimen, nulla poena sine lege”, que significa “no hay delito ni pena sin ley previa”. En virtud de este principio, una conducta sólo puede ser considerada delictiva, cuando una ley anterior a su realización la haya tipificado expresamente como tal y haya previsto la correspondiente sanción penal.
El principio de legalidad comprende precisamente diversos aspectos esenciales. En primer lugar, exige que la ley penal sea existente o previa al hecho delictivo, lo que impide la aplicación retroactiva de normas penales más gravosas. En segundo lugar, establece que únicamente una ley formal puede crear delitos y fijar penas, excluyendo otras fuentes del derecho para tales fines. Asimismo, establece que las normas penales sean claras, precisas y determinadas, permitiendo que los ciudadanos conozcan con absoluta certeza, las conductas prohibidas y las consecuencias jurídicas derivadas de su incumplimiento.
La importancia de este principio es tan grande que no solo aparece en el Código Penal. También está reconocido por el artículo 2, inciso 24, literal d), de la Constitución Política del Perú, que reconoce que Toda persona tiene derecho:

Nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al momento de cometerse no esté previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequívoca como infracción punible; ni sancionado con pena no prevista en la ley.

Consecuentemente, los ciudadanos frente a determinada arbitrariedad del ¨Estado, pueden exigir el respeto al principio de legalidad antes expuesto, toda vez, que las sanciones no dependen de decisiones arbitrarias, sino de leyes previamente establecidas. Más que un concepto jurídico, el principio de legalidad representa un compromiso con la justicia, la seguridad jurídica y el respeto por los derechos fundamentales de todas las personas.

Estudio Juridico Valeriano